miércoles, 21 de noviembre de 2012

IFRS para pymes y empresas no reguladas.


“Las IFRS deberán aplicarse obligatoriamente para este grupo de empresas a contar del 1° de enero de 2013, debiendo ser comparativos con el ejercicio 2012, lo que implica una apertura contable al 1º de enero de este año”.

El consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) ha emitido la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) para pequeñas y medianas empresas y que son aplicables, principalmente, a todas aquellas sociedades que no tienen la obligación pública de rendir cuentas, facilitando con ello la adopción de esta norma internacional para dicho grupo de entidades.

El Colegio de Contadores de Chile A.G. ha definido su aplicación obligatoria a través de la emisión del Boletín Técnico N° 82 a contar del 1° enero del 2013. Con ello, los estados financieros deben presentarse comparativos con el ejercicio 2012, lo que hace necesario comenzar a trabajar desde ya en su implementación, pues el inicio de convergencia o apertura contable IFRS debe ser 1° de enero de 2012.

La diferencia de adoptar IFRS completas versus IFRS para Pymes radica en que, básicamente, se simplifican las normas para el reconocimiento y medición de activos, pasivos e ingresos y se reducen significativamente los requerimientos de revelaciones.

Las etapas a considerar en la implementación se subdividen en: a) Evaluación y Diagnóstico, en la cual se deben identificar todos los impactos a nivel contable, del negocio y sistemas de información; b) Diseño e implementación, donde se preparan los estados financieros bajo IFRS y se formula un plan de acción que permita superar las brechas de los sistemas y procesos con principal impacto; c) Seguimiento o régimen, donde las empresas deben velar por mantener correctamente la implementación y estar muy alertas a los cambios o actualizaciones de dichas normas.

A esta fecha se hace necesario que este grupo de empresas (casi el 80% en Chile), debiese visualizar los principales impactos en sus patrimonios, en sus sistemas de información, en sus procesos de negocios y, sin duda, en la formación de su personal en este tema.

Es recomendable evaluar con serenidad cualquier propuesta de cambio de los sistemas informáticos en paralelo a la implementación de las IFRS. Por último, es importante estar pendientes de la posición que adopte el SII frente a la adopción de IFRS, pues hasta ahora no existe un pronunciamiento definitivo; esto implica que los agregados y deducciones al resultado financiero bajo IFRS para determinar el impuesto a la renta incrementen en sus conceptos, tales como corrección monetaria y deterioro, entre otras partidas, las cuales debiesen ser de fácil comprensión para cualquier analista o fiscalizador de impuestos y que, por lo tanto, las empresas deberán contar con un adecuado sustento.


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